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La presión regulatoria: ¿protección para el cliente o para los bancos?

José Ángel Pedraza por José Ángel Pedraza
21 febrero, 2018
en Opinión
La presión regulatoria: ¿protección para el cliente o para los bancos?

Llevo invirtiendo en renta variable desde hace más de 25 años. Empecé con acciones a través de una OPV, seguí con futuros, con warrants, con opciones y, finalmente, con contratos por diferencias. Por supuesto, con fondos de inversión y algún que otro ETF.

Siempre he sido autodidacta en cuanto a la selección, seguimiento y liquidación de estos activos, obteniendo resultados tanto positivos como negativos y, en la mayoría de los casos, la información que de partida se aportó por parte de los bancos, gestoras o agencias de valores era, cuando menos, condicionante en su aspecto comercial y nula en cuanto a la información de riesgos y, sobre todo, de costes.

Hoy en día, las normativas MiFID y MiFID II establecen que la información ha de ser veraz, transparente y, sobre todo, consideran al cliente como incapaz de tomar por sí mismo decisiones en cuanto a sus inversiones si no cuenta con una tutoría condicionada. Sí, he dicho bien: condicionada.

Se supone que la normativa actual permite la creación de figuras denominadas ‘asesores financieros’, pero… ¿qué es un asesor financiero? Una persona que presta asesoramiento financiero independiente, en función de las necesidades del cliente y no condicionado a resultados y objetivos de producción. En cambio, una persona que cobra de una entidad emisora de productos financieros, para la que trabaja en exclusiva (un agente financiero no puede trabajar para más de una entidad), ¿puede ser independiente?

Una EAFI (Empresa de Asesoramiento Financiero Independiente) cobra de los propios clientes por asesorarles. En teoría, no puede cobrar retrocesiones de las entidades que emiten los productos que finalmente han contratado en base al asesoramiento recibido. Pero esto ocurre en muchos más casos de los que se cree.

Parto del hecho y la consideración de que hay una gran mayoría de profesionales que miran por el interés del cliente (un cliente contento y bien asesorado es un cliente que generará comisiones en el tiempo de forma consistente, en base a una confianza en este profesional). Ahora bien, hay que considerar las siguientes cuestiones:

1. Un producto A recomendado a un cliente, que genera un 1% de comisión, y otro producto B, que genera un 0,1%. Frente a éstos, un asesor exclusivo de una entidad que ofrece los dos productos y otro asesor que es independiente frente a dos entidades, una que ofrece el A y otro el B, sabiendo que tiene que cobrar al cliente un 0,25%, por ejemplo. ¿Cuál piensa usted, querido lector, que será el resultado final en ambos casos?

2. ¿Estaría usted dispuesto a pagar un 0,25% de comisión a un asesor por un producto recomendado por el que la entidad financiera le cobra un 0,10%? ¿Y si la comisión de la entidad fuera del 1%?

3. ¿Qué comisión o, mejor dicho, qué honorarios profesionales estaría usted dispuesto a pagar por una estrategia patrimonial si no está dispuesto a asumir ningún riesgo y actualmente el rendimiento de, por ejemplo, los depósitos, es inferior al 0,1%?

Esto es la primera parte del problema. Sí, he dicho bien: el problema.

Ha habido casos recientes en los que se ha mirado hacia otro lado mientras se ofrecían productos que solamente servían para reforzar los balances de los bancos (las famosas preferentes y los pagarés convertibles, por ejemplo). Casos en los que se han aprovechado de la avaricia de los consumidores y en los que también hay que culpar en parte a los propios clientes.

Yo he podido presenciar la siguiente situación: un cliente quiere renovar un depósito que le daba un 3% anual y, en la renovación, el banco le ofrece solo un 0,10%. La respuesta del cliente: “Eso es una porquería. ¿No tiene nada que dé más?”. La respuesta del ‘asesor’ o ‘gestor de clientes’: “Tengo unas preferentes que dan el 7% a largo plazo”. Cliente: “Dámelas. Las quiero”. Se acabó la negociación y se acabó la explicación.

El cliente no quiere más explicaciones una vez que sus ojos han empezado a brillar con el 7%. El asesor no quiere dar más explicaciones por si no se cierra la venta. En muchos casos, estos asesores/empleados de banca tienen un sueldo fijo más un variable condicionado a que coloque, sí o sí, un número determinado de productos recomendados desde la Dirección. Si no lo consigues, no tienes variable, es decir, no tienes vacaciones, no tienes la universidad de tu hijo o no tienes tu hipotecada pagada.

Esto sigue siendo igual: al cliente se le presentan, para que firme de forma obligatoria, una serie de ‘papeles’, que no son más que la exención de responsabilidad hacia el asesor, hacia el bróker/gestor o hacia el banco.

Para determinados productos, nuestros reguladores obligan a las empresas comercializadoras a que, por dos veces, graben un mensajito: “Este producto es complejo y difícil de entender. La XXXX considera que este producto no es conveniente para mí. Lo asumo y entiendo la advertencia”.

¡Se acabó! Ya no hay problemas para el regulador (que ha hecho su trabajo de protección del cliente) ni para el operador/bróker (que ha cumplido con lo que XXXX le obliga a hacer).

¡Qué bien y qué pronto! Le dijo la tonta al tonto.

Ya estamos todos. ¡Viva la Madre Superiora!

Mientras, los operadores/brókeres no tienen más remedio que intentar recopilar encuestas y comentarios de los usuarios en contra de las propuestas de los reguladores que buscan demonizar ciertos productos financieros, que tienen la particularidad de que no refuerzan ningún balance ni pueden ser usados como contrapartida, para que puedan seguir generando más deuda a cambio de más productos intoxicados en origen.

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